La idea de Miguel Cardenal de criminalizar al deportista que se dopa no es mala, si bien con muchas incógnitas en lo referente al alcance y requisitos que han de concretarlo. La Ley orgánica 7/2006 (Jaime Lissavetzky) criminalizó al "entorno" del deportista dopado, y ahora se quiere dar un paso más y hacer lo propio con éste. No está mal. Si quien altera un resultado por corrupción puede ir a la cárcel, ¿por qué no quien lo hace mediante sustancias y métodos prohibidos?
El problema es materializarlo. Tipificarlo como falta ya posibilitaría conocer quiénes infringen la legislación antidopaje, y con un buen modelo sancionador complementario, que por esta segunda vía se solventara, de manera absolutamente rigurosa en el ámbito deportivo, la responsabilidad de dicha índole. Tipificarlo como delito puede ser excesivo, fundamentalmente si se pretende criminalizar el dopaje negligente, con enormes problemas de prueba (cómo dió el consentimiento el deportista, si sabía o no que era ilegal y delictivo lo que le hacían, si debía saberlo o no...).
En cualquier caso, queda por resolver el alcance prospectivo y la proporcionalidad en los delitos de corrupción deportiva y dopaje. No se puede investigar "porque sí", debe haber unos indicios sólidos y/o una denuncia fundamentada, es decir, que debe haber noticia del inicio de actos delictivos, no de su mera posibilidad (no se podrían intervenir teléfonos ni registrar domicilios "a ver qué encontramos"). Y para autorizar medidas vulneradoras de derechos fundamentales, la jurisprudencia exige que se trate de delitos de bastante gravedad, lo que atendiendo a la pena del de corrupción y a las previstas para los de dopaje no se cumple.
En cualquier caso, en la Operación Puerto no se ha juzgado dopaje sino riesgo para la salud pública, y de ahí la irrelevancia de los perjudicados (que además lo eran voluntariamente y sin resultado lesivo). En el caso del delito de dopaje será necesario acreditar que un deportista se ha dopado (y ha de saberse quién) para poder inculpar a los responsables. La idea es buena y todo un guiño a nivel internacional, pero a lo mejor hay que esperar a ver si cuando se enjuicie un supuesto de dopaje conforme al vigente Código Penal se puede conocer la identidad del deportista. O a lo mejor no hay que jugársela en otro fiasco como el presente. Por eso no es mala idea.