La actualidad de la semana ha sido el "caso" Deportivo Guadalajara SAD, pero con pocos detalles y datos concretos. Sobre la base de las informaciones disponibles, y aun a riesgo de cometer algún error, hemos analizado los principales elementos a tener en cuenta:
1.- Al parecer, las actuaciones parten de la LFP (previo análisis y adopción de un acuerdo al efecto) y del CSD, y han sido ya admitidas a trámite acciones penales. No se trata de una denuncia o actuación interesada, aislada o interna. Los aficionados del Deportivo Guadalajara, aun siendo comprensible su inquietud y disgusto, no deben ver fantasmas o buscar enemigos sino profundizar en qué ha podido pasar en su club y cómo pueden defenderse. Pero "algo" puede haber.
2.- Las conductas no parecen encajar en ninguna de las infracciones previstas en el Código Disciplinario de la RFEF. No será la Federación quien sancione al Guadalajara por estas posibles irregularidades, al menos de momento (si hubiera otras, habría que verlo).
3.- En el seno de la LFP sí es posible que se incoe un expediente disciplinario, que debería paralizarse hasta que exista resolución judicial firme en el proceso penal que se inicie. Pero no hay que olvidar que el mismo precepto que se refiere a dicha obligada suspensión (art. 70 Estatutos LFP) dispone también que se pueden adoptar medidas cautelares (es decir, que si se considera que hay motivos suficientes se podría suspender la participación del Deportivo Guadalajara en la competición hasta que se pronuncie el órgano penal, decisión cautelar que entendemos poco probable y que podría ser recurrida).
4.- Con independencia del procedimiento disciplinario, la LFP podría revisar su decisión de admitir al Deportivo Guadalajara en la competición, por incumplir los requisitos exigidos para la inscripción al comienzo de la temporada (art. 57 Estatutos LFP). En este caso no se trataría de una sanción disciplinaria, sino de una decisión organizativa, y por ello no estaría limitada por la suspensión expuesta en el apartado anterior. Contra esta decisión se podrían interponer los correspondientes recursos, e incluso solicitar su suspensión cautelar hasta que finalice el procedimiento, si bien todo quedaría acotado temporalmente a la presente temporada, toda vez que la inscripción se renueva anualmente.
A nuestro entender, lo normal sería que el Deportivo Guadalajara terminara la presente competición y no fuera sancionado con descenso o expulsión, ni desinscrito en la LFP, sea por no haber culminado los procedimientos necesarios para adoptar dichas resoluciones o por suspenderse cautelarmente la ejecución de las mismas, dadas las consecuencias que ello podría generar para el club y para la propia competición (con posibles terceros afectados, al quedar partidos por jugar y otros cuya validez habría que verificar, es decir, con un reajuste de puntuación que siempre deja favorecidos y perjudicados).
Sin embargo el Deportivo Guadalajara, como todos los clubes, deberá justificar durante el próximo mes de julio ante LFP y CSD que cumple los requisitos exigidos para poder participar en la Liga Adelante, puesto que de lo contrario se podría denegar su inscripción para la próxima temporada (art. 54 Estatutos LFP), acto que no es tan sencillo que pudiera ser suspendido cautelarmente al no ser disciplinario.